Texto oficial
Artículo 11.- La Secretaría Regional Ministerial de
Salud respectiva podrá disponer que un servicio de agua
potable fluorure el agua que distribuye, cuando la
población a la que provee presente altos indicadores de
caries dentales y el nivel de fluoruros naturales presentes
en el agua sea inferior de 0,5 mg/l.
En la resolución que así lo disponga se fijará la
concentración del ión fluoruro a mantener en las redes de
distribución, la que deberá estar dentro del rango de 0,6
y 1,0 mg/l.
Las empresas que deban fluorurar el agua deberán
contar con un sistema de fluoruración provisto de
autorización sanitaria, la que se concederá previa
constatación de que posee los siguientes elementos y
características:
a) equipos adecuados para la adición de fluoruro en la
planta de purificación de agua o estación de bombeo.
b) provisión constante de un producto químico
adecuado de fluoruro de acuerdo a las normas de la
Asociación Americana de Plantas de Agua Potable, AWWA.
c) personal capaz de mantener el sistema de
fluoruración y de llevar los registros adecuados.
d) datos del producto químico que usa, según dispone
la Norma Chilena NCh 2245. Of.2003 "Hoja de Datos de
Seguridad de Productos Químicos-Contenido y Disposición de
los Temas."
e) plan de contingencias propio, que establezca
claramente las medidas a adoptar en situaciones de riesgo
para las personas o instalaciones, en el transporte,
recepción en la planta, operación, manipulación y
almacenamiento.
f) consideración de todos los aspectos de seguridad
asociados al tipo y estado del producto químico que se
utiliza, para proteger la salud tanto de los trabajadores
como de la población.
g) el diseño del sistema deberá prever que la
cantidad de fluoruro que pueda entrar a la red en caso de
accidentes no exceda de la cantidad de fluoruro requerido
para un día de operación.
h) mecanismo de seguridad que detenga automáticamente
la adición de fluoruro si disminuye repentinamente el flujo
de agua que pasa a través de ella.
i) en caso de utilizarse fluorsilicato de sodio
(Na2SiF6) como fuente de ión fluoruro, éste deberá
aplicarse mediante sistemas de dosificación que eviten
variaciones de concentraciones en la red.
j) programa de manejo adecuado de residuos sólidos y
líquidos de acuerdo con la normativa vigente.