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Artículo 1806 del Código Civil

Código civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1973 / 8724393.

Texto oficial

Art. 1806. Los impuestos fiscales municipales, las costas de la escritura y de cualquiera otras solemnidades de la venta, serán de cargo del vendedor; a menos de pactarse otra cosa.