Texto oficial
Art. 1806. Los impuestos fiscales municipales, las
costas de la escritura y de cualquiera otras solemnidades de
la venta, serán de cargo del vendedor; a menos de pactarse
otra cosa.
Código civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1973 / 8724393.