Texto oficial
Art. 519. Entrega de la póliza. El asegurador deberá
entregar la póliza, o el certificado de cobertura, en su
caso, al contratante del seguro o al corredor que la hubiera
intermediado, dentro del plazo de cinco días hábiles
contado desde la perfección del contrato.
El corredor deberá entregar la póliza al asegurado
dentro de los cinco días hábiles siguientes a su
recepción.
El incumplimiento de la obligación de entrega de la
póliza dará derecho al asegurado a reclamar daños y
perjuicios al asegurador, o al corredor en su caso.