Texto oficial
Artículo 426.- Dentro del plazo de sesenta días
contados desde la fecha del acto de constitución social, un
extracto del mismo, autorizado por el notario respectivo,
deberá inscribirse en el Registro de Comercio
correspondiente al domicilio de la sociedad y publicarse por
una sola vez en el Diario Oficial.
El extracto deberá expresar:
1.- El nombre de la sociedad;
2.- El nombre de los accionistas concurrentes al
instrumento de constitución;
3.- El objeto social;
4.- El monto a que asciende el capital suscrito y
pagado de la sociedad, y
5.- La fecha de otorgamiento, el nombre y domicilio del
notario que autorizó la escritura o que protocolizó el
instrumento privado de constitución que se extracta, así
como el registro y número de rol o folio en que se ha
protocolizado dicho documento.