Texto oficial
Art. 249. Es de la obligación del comisionista hacer
constar en forma legal el deterioro o pérdida de las
mercaderías consignadas y dar aviso a su comitente sin
demora alguna.
Código de comercio
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1974 / 8725482.