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Artículo 91 de la Ley S/N · Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades

Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 200633 · idParte: 9003889

Texto oficial

TITULO X Del tesorero i del secretario ART. 91 La Municipalidad tendrá un tesorero especialmente encargado de la contabilidad i de la administracion de las rentas municipales. El tesorero rendirá una fianza que no podrá bajar de la cantidad equivalente a sus sueldos o emolumentos de dos años.