Texto oficial
ART. 92
Son deberes especiales del tesorero:
1º Representar en juicio a la Municipalidad;
2º Firmar los contratos que la Municipalidad celebre
en la forma en que se le comunique;
3º Cobrar los créditos, rentas i contribuciones,
custodiar los fondos, hacer los pagos en conformidad a la
lei i llevar la contabilidad;
4º Reunir i conservar los documentos que comprueben
los derechos de la Municipalidad i llevar un inventario
detallado de los bienes comunales;
5º Pasar mensualmente a la Municipalidad el balance de
las entradas i gastos del mes anterior, i formar la cuenta
de inversion ántes del dia 1º de abril;
6º Rendir sus cuentas en conformidad a la lei.