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Artículo 42 del Decreto Ley 740

Sobre eleccion, organizacion y atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200634 / 9003956.

Texto oficial

Art. 42.- Las sesiones serán públicas, a menos que por mayoría de los dos tercios, se acuerde tratar en secreto algun asunto determinado.