Texto oficial
Art. 89.- Corresponde al Alcalde ejecutar con arreglo a la lei y a las resoluciones de la Municipalidad, todos los actos administrativos del municipio.
Sobre eleccion, organizacion y atribuciones de las municipalidades
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200634 / 9004003.