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Artículo 106 del Decreto Ley 740

Sobre eleccion, organizacion y atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200634 / 9004020.

Texto oficial

Art. 106.- Los Tesoreros Municipales serán personalmente responsables de los sueldos que pagaren a los empleados interinos o propietarios, designados con omision o infraccion de las disposiciones de la presente lei; y no deberán considerar vacantes aquellos puestos cuyas vacancias hayan tenido lugar con alguna de esas omisiones o infracciones.