Saltar al contenido

Artículo 129 del Decreto Ley 740

Sobre eleccion, organizacion y atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200634 / 9004043.

Texto oficial

Art. 129.- Conocerá tambien el Alcalde: De las faltas del Código Penal; De las infracciones a la lei sobre Patentes de vehículos, a la lei sobre descanso dominical, a la de la silla, a la lei de educación primaria obligatoria y a las de los artículos 12, 19 y 25 de la lei sobre impuestos de patentes en lo relativo al contribuyente que ejerza una industria, comercio o profesion sin haber sido previamente clasificado y al que burle la clasificacion de su jiro ejerciendo uno diverso.