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Artículo 18 del Decreto Ley 350

Decreto-lei

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200893 / 7293170.

Texto oficial

Art. 18. El manifiesto por menor, las pólizas en jeneral y los pedimentos, deberán escribirse necesariamente en papel sellado, aun cuando sea de otro tipo que el correspondiente, en cuyo caso se completará el impuesto agregando estampillas.