Texto oficial
Artículo 21.- El Jefe de Misión comunicará por Nota
Verbal a la Dirección del Protocolo:
1.- El nombramiento de los miembros del personal de la
Misión Diplomática y Consular, su rango y nacionalidad,
así como las fechas de su llegada y salida definitiva, o la
terminación de sus funciones en la Misión.
2.- La llegada y salida definitiva de toda persona
perteneciente a la familia de un miembro de la Misión.
3.- El cambio de categoría de cualquiera de los miembros
del personal de la Misión, y
4.- La llegada y salida definitiva de los empleados al
servicio doméstico de los miembros de la Misión, o su
contratación si se trata de nacionales chilenos o
extranjeros residentes en el país, en cuyo caso se
proporcionará copia del respectivo contrato de trabajo.