Texto oficial
Artículo 25.- El Jefe de Misión que deseare obtener
una audiencia con el Presidente de la República, Presidente
del Senado, Presidente de la Corte Suprema de Justicia,
Presidente de la Cámara de Diputados, Ministros y
Subsecretarios de Estados, deberá solicitarla por
intermedio de la Dirección del Protocolo.