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Artículo 26 del Decreto 537

Aprueba reglamento de ceremonial publico y protocolo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 201434 / 8648492.

Texto oficial

Artículo 26.- Igualmente, en los casos de las audiencias solicitadas por los cónyuges de los Jefes de Misiones con los cónyuges de las autoridades indicadas precedentemente, se realizarán por intermedio de la Dirección del Protocolo.