Texto oficial
Artículo 38. De acuerdo con el artículo 23 de la Ley
los usuarios podrán ejercer los derechos señalados en
dicho artículo 23 de conformidad con el procedimiento
establecido en la Ley 19.496 sobre protección de los
derechos de los consumidores, salvo en lo que diga relación
con el derecho a ser indemnizado y hacer valer los seguros
comprometidos, situación en la cual se regirá por el
derecho común.