Texto oficial
Artículo 1º.- La dotación máxima de personal para
el año 2002 será de 22 personas y, a partir del 1º de
enero de 2003, se incrementará en 21 personas.
Crea el servicio nacional del adulto mayor
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 202950 / 8648611.