Texto oficial
Artículo 5º.- Las funciones de la Secretaría
Ejecutiva serán:
a) Colaborar con el Departamento de Erradicación del
Trabajo Infantil en la elaboración de una planificación
anual de acciones específicas a ejecutar por la Comisión
Asesora durante el año que corresponda.
b) Colaborar con la ejecución de las acciones
específicas establecidas en la planificación anual
pertinente.
c) Emitir, al menos, un informe al año, que incluya
las principales actividades desarrolladas por la Comisión
Asesora en ese período y las propuestas o conclusiones que
surjan de conformidad a sus funciones.
d) Citar y participar de las sesiones que fije la
Comisión Asesora conforme a lo establecido en el decreto
primero del presente acto administrativo.
Junto a lo anterior, la Secretaría Ejecutiva se
reunirá al menos cuatrimestralmente.