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Artículo 3 del Decreto Ley 335

Decreto-lei

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 205745 / 7295895.

Texto oficial

Art. 3º La Direccion Jeneral de los Ferrocarriles del Estado someterá a la aprobacion del Gobierno, dentro del plazo de tres meses, el proyecto de nueva organización y reglamentacion del Servicio Sanitario, que quedará desde esta fecha en reorganizacion.