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Artículo 25 del Decreto Ley 718

Decreto-lei

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 206035 / 8842353.

Texto oficial

Art. 25. El Presidente de la República determinará, por medio de reglamentos, el detalle con que deberá formarse el cálculo de gastos que se le presentarán para la preparacion del proyecto de lei de presupuestos.