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Artículo 2 del Decreto Ley 783

Decreto Ley 783

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 206565 / 7296680.

Texto oficial

Art. 2º Las funciones encomendadas al Contralor Jeneral por diversos decretos-leyes dictados en el presente año, relacionadas con la Oficina de Contraloría, que deberá establecerse, en conformidad al proyecto que ha presentado la Mision de Consejeros Financieros, presidida por don Edwin Walter Kemmerer, serán desempeñadas, miéntras se refunden las oficinas del Tribunal de Cuentas, Direccion Jeneral de Contabilidad e Inspeccion de Bienes Nacionales, en la mencionada Oficina de Contraloría, por los funcionarios respectivos, según las disposiciones vijentes y, en su defecto, por los funcionarios que designe el Presidente de la República.