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Artículo 14 del Decreto 50

Aprueba el reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207101 / 8658739.

Texto oficial

Artículo 14º: Para el otorgamiento de la factibilidad de dación de servicios sanitarios, el peticionario deberá entregar la siguiente información: a) Antecedentes del propietario: a.a) Nombre a.b) Domicilio a.c) Teléfono o fax a.d) Correo electrónico a.e) RUT a.f) Firma b) Antecedentes del proyectista: b.a) Nombre b.b) Domicilio b.c) Teléfono o fax b.d) Correo electrónico b.e) RUT b.f) Firma c) Antecedentes del inmueble: c.a) Calle y numero. c.b) Población, comuna y ciudad. c.c) Croquis de ubicación. c.d) Datos del arranque y de la unión domiciliaria, en caso de existir. c.e) Datos de la fuente propia, en caso de existir. c.f) Terreno bajo cota de rasante o de solera, en caso de existir. d) Datos del proyecto: d.a) Tipo y destino de la obra. d.b) Nº de edificaciones. d.c) Nº de pisos. d.d) Consumos estimados de agua potable en m3/día. d.e) Caudal de aguas servidas (UEH) y volumen máximo de descarga (m3/mes). d.f) Consumo estimado en m3/día para conexión provisional en caso de ser necesario. En caso de proyectos que cuenten con un sistema particular de abastecimiento de agua potable o disposición de aguas servidas, deberá adjuntarse una descripción general con indicación de la capacidad de esos sistemas en m3/día.