Texto oficial
Artículo 35º: El especialista que durante el
desempeño de sus actividades infrinja las disposiciones de
este Reglamento, incurrirá en las responsabilidades civiles
y penales que correspondan.
Aprueba el reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207101 / 8658768.