Saltar al contenido

Artículo 18 de la Ley 19.856

Crea un sistema de reinsercion social de los condenados sobre la base de la observacion de buena conducta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207292 / 7297217.

Texto oficial

Artículo 18.- Constituirá circunstancia agravante, cometer el delito durante el tiempo correspondiente al período condonado en virtud del beneficio previsto en esta ley.