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Artículo 2 de la Ley 4.900 · Ley num. 4,900

Ley num. 4,900

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 208926 / 6419128.

Texto oficial

Artículo 2º Derógase la ley número 4,703, de 3 de Diciembre de 1929.