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Artículo 4 de la Ley 19.865 · Sobre financiamiento urbano compartido

Sobre financiamiento urbano compartido

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 208927 / 6943231.

Texto oficial

Artículo 4º.- Las licitaciones para adquirir bienes o para contratar la ejecución, operación y mantención de las obras singularizadas en el artículo 1º de esta ley y los contratos de participación que de ellas se originen, se regirán por las normas de este cuerpo legal y de su reglamento y por las bases de la respectiva licitación.