Texto oficial
Artículo 4º.- Las licitaciones para adquirir bienes o
para contratar la ejecución, operación y mantención de
las obras singularizadas en el artículo 1º de esta ley y
los contratos de participación que de ellas se originen, se
regirán por las normas de este cuerpo legal y de su
reglamento y por las bases de la respectiva licitación.