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Artículo 3 de la Ley 4.673 · Ley num. 4673

Ley num. 4673

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 209781 / 6422145.

Texto oficial

Art. 3.o Para acogerse a los beneficios de la presente ley, los propietarios deberán renunciar a todo juicio o reclamo en contra del Fisco por la construcción del canal del Mauco o por pagos hechos con anterioridad a la presente ley.