Texto oficial
Artículo 3º.- La solicitud de inscripción deberá
especificar a lo menos la informacióm que más adelante se
detalla, debiendo adjuntar el interesado los documentos que
se indican:
a) Antecedentes del empresario de transportes:
nombres, apellidos, cédula nacional de identidad,
domicilio y número telefónico. Si se tratare de
una persona jurídica, se indicará la razón social,
RUT, domicilio, número telefónico y nombres,
apellidos y cédula nacional de identidad de su
representante legal.
La solicitud que se efectúe por el director del
establecimiento educacional, en el caso a que se
refiere el inciso segundo del artículo 2º de la
ley 19.831, deberá contener las mismas menciones
que para las personas jurídicas;
b) Antecedentes del propietario del vehículo: nombres,
apellidos, cédula nacional de identidad y
domicilio. Si se tratare de una persona jurídica se
indicará la razón social, RUT, domicilio y nombres,
apellidos y cédula nacional de identidad de su
representante legal;
c) Antecedentes de los conductores: nombres,
apellidos, cédula nacional de identidad, domicilio,
clase de licencia de conductor y municipalidad que
la expidió;
d) Antecedentes de adultos acompañantes del conductor
a que se refiere el artículo 3º del decreto supremo
Nº 38, de 1992, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes,
para el caso en que se transporte a niños de
niveles educacionales prebásicos en cantidad
superior a cinco, aun cuando su presencia no sea
obligatoria en los términos del referido decreto
supremo Nº 38 de 1992: nombres, apellidos, cédula
nacional de identidad y domicilio;
e) Identificación y características de cada vehículo:
patente única, números identificatorios, marca,
modelo, año de fabricación y número de asientos, y
f) Ciudad o comunas en que prestará servicio y nombre
del establecimiento educacional, tratándose del
caso señalado en el inciso segundo del artículo
2º de la citada ley 19.831.
El interesado deberá adjuntar certificado de
anotaciones vigentes en el Registro de Vehículos
Motorizados y fotocopia del certificado de revisión
técnica del vehículo. No será necesario adjuntar estos
documentos cuando la Secretaría Regional disponga de la
información pertinente a través de medios idóneos,
establecidos por el Ministerio mediante resolución.
Tratándose de un vehículo que no sea de propiedad del
empresario de transportes, se deberá indicar la naturaleza
del título que habilita a éste a destinarlo al transporte
escolar, acreditándolo mediante documentos fidedignos.
Igualmente, se deberá adjuntar fotocopia simple de la
licencia de conductor y original del certificado de
antecedentes para fines especiales emitido por el Servicio
de Registro Civil e Identificación, de cada uno de los
conductores. Tratándose de los adultos acompañantes a que
se refiere la letra d) anterior, se deberá adjuntar
original del señalado certificado de antecedentes para
fines especiales.
Los empresarios de transportes deber n presentar
fotocopia simple de la cédula nacional de identidad o,
tratándose de personas jurídicas o establecimientos
educacionales, de los instrumentos que acrediten su
constitución y la personería de quien la representa.
Los Secretarios Regionales podrán practicar
inscripciones provisorias en el Registro tratándose de la
incorporación de un vehículo nuevo o de un vehículo
recientemente adquirido respecto del cual no es posible
contar con el Certificado de Anotaciones vigentes en el
Registro de Vehículos Motorizados. Estas inscripciones
provisorias tendrán una vigencia máxima de 30 días
corridos contados desde la fecha en que se efectúan,
prorrogables por 30 días más, y caducarán sin más
trámite al vencimiento del plazo o al efectuarse la
inscripción definitiva, cualquiera de las dos
circunstancias ocurra primero.