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Artículo 16 del Decreto 95

Aprueba reglamento de la ley 19.848 que regula el proceso de reprogramacion de las deudas mantenidas con los fondos solidarios de credito universitario de las universidades del consejo de rectores de las universidades chilenas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 210965 / 8045726.

Texto oficial

Artículo 16º: Una vez notificado, el empleador deberá informar a la entidad requirente, el monto efectivo que es posible descontar al deudor sin exceder los límites establecidos en el inciso segundo del artículo 5º de la ley 19.848 y considerando los descuentos que ya realiza en la remuneración de dicha persona.