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Artículo 17 del Decreto 95

Aprueba reglamento de la ley 19.848 que regula el proceso de reprogramacion de las deudas mantenidas con los fondos solidarios de credito universitario de las universidades del consejo de rectores de las universidades chilenas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 210965 / 8045727.

Texto oficial

Artículo 17º: Los montos descontados de la remuneración del deudor deberán ser enterados por su empleador a la entidad que se especifique, de acuerdo a lo señalado en el artículo 15 de este Reglamento, dentro de los diez primeros días del mes siguiente a aquel en que se efectuó el descuento.