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Artículo 25 del Decreto 95

Aprueba reglamento de la ley 19.848 que regula el proceso de reprogramacion de las deudas mantenidas con los fondos solidarios de credito universitario de las universidades del consejo de rectores de las universidades chilenas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 210965 / 8045736.

Texto oficial

Artículo 25º: El Convenio deberá contener normas que regulen el funcionamiento de la Comisión Técnica, a lo menos, en los siguientes ámbitos: a.- La forma de designación y renovación de sus integrantes; b.- Las funciones y atribuciones de la Comisión para el adecuado cumplimiento de los fines del convenio; c.- El número de sesiones ordinarias que anualmente celebrará la Comisión Técnica, debiendo contemplar a lo menos, una sesión cada seis meses, así como el quórum para constituir válidamente las sesiones y adoptar los acuerdos, y d.- El procedimiento a través del cual la Comisión Técnica informará y rendirá cuenta a los administradores de fondos de crédito de las instituciones que suscriban el convenio.