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Artículo 26 del Decreto 95

Aprueba reglamento de la ley 19.848 que regula el proceso de reprogramacion de las deudas mantenidas con los fondos solidarios de credito universitario de las universidades del consejo de rectores de las universidades chilenas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 210965 / 8045737.

Texto oficial

Artículo 26º: En los casos en que el Convenio autorice la contratación de terceros para el desarrollo de las gestiones de recaudación y cobranza necesarias para la adecuada implementación de los procesos regulados en los artículos 8º y 9º de la ley 19.848, la adjudicación de los contratos deberá efectuarse mediante licitación pública, licitación privada o contratación directa, de acuerdo con lo establecido en las normas legales vigentes sobre contratos administrativos de prestación de servicios. En todo caso, se deberá dar cuenta fundada al Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, de los antecedentes relacionados con el procedimiento de licitación o contratación, ofertas recibidas y empresa adjudicada.