Texto oficial
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO.- Créase la Dirección
Nacional del Servicio Civil, en adelante la Dirección
Nacional y fíjase como su ley orgánica la siguiente:
Regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211480 / 8649026.