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Artículo QUINCUAGESIMO de la Ley del Nuevo Trato

Regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 211480 · idParte: 8649072

Texto oficial

ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO.- El consejo entregará, en carácter reservado, la nómina de 3 o 4 candidatos seleccionados, acompañada de los antecedentes profesionales y laborales de los mismos, así como la evaluación a que se refiere el inciso segundo del artículo quincuagésimo tercero, sin expresar preferencia por ninguno de ellos.