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Artículo 3 del Decreto 32

Crea premio a los mejores sitios web del gobierno de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 211552 · idParte: 6428200

Texto oficial

Artículo 3º: Se utilizarán, a lo menos, los siguientes criterios para la evaluación de los sitios: a) Accesibilidad: Utilizando distintos navegadores, tiempo de descarga de página y utilización de formatos más usados; b) Identidad Institucional: Visibilidad del nombre y el logo de la institución y del gobierno, descripción de la misión y de los objetivos de la institución; c) Utilidad: Provisión de información de la institución, vínculos a otros sitios de interés, consultas y sugerencias, lista de trámites realizables en la institución, trámites en línea; d) Navegación y Diseño: Encuentro en pocos pasos de la información buscada, jerarquización de contenidos, adecuación del tamaño de letras de los textos, diseño gráfico coherente, medios de ayuda al usuario y colores utilizados coherentes con la imagen corporativa, y de los datos privados entregados, muestra correcta de los resultados de las búsquedas, política de seguridad para validar accesos restringidos, protección de la integridad de los datos y programas.