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Artículo 19 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 236

Aprueba bases generales reglamentarias de contratacion de obras para los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211854 / 7301002.

Texto oficial

Artículo 19.- Los reembolsos de las inversiones hechas por el contratista administrador se harán mediante rendiciones de cuentas, cuyos montos y frecuencia se indicará en las bases administrativas especiales. En lo que proceda, se aplicará a las rendiciones de cuentas el sistema de formulación y pago de los estados de pago.