Texto oficial
Artículo 35.- El Serviu podrá entregar información
complementaria o modificatoria de los antecedentes
originales de la propuesta mediante adiciones que sólo
podrán emitirse hasta cuatro días antes de la apertura de
las propuestas.
Si las adiciones no fueran puramente adjetivas, el
Serviu deberá postergar la fecha de apertura con el fin de
asegurar un acertado análisis de los antecedentes.