Texto oficial
Artículo 41.- Solamente por resolución fundada,
podrá aceptarse una propuesta que no sea la más
conveniente económicamente y en tal caso, los proponentes
cuyas propuestas no fuesen aceptadas no tendrán derecho a
indemnizaciones.
Aprueba bases generales reglamentarias de contratacion de obras para los servicios de vivienda y urbanizacion
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