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Artículo 58 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 236

Aprueba bases generales reglamentarias de contratacion de obras para los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211854 / 7301044.

Texto oficial

Artículo 58.- Sin perjuicio de la responsabilidad directa del contratista, a la FTO, le corresponderá velar, en los términos que se señalan en el presente Título, porque las obras que se ejecuten cumplan con las especificaciones técnicas y planos, y concuerden con las restantes obras que contemple el contrato.