Texto oficial
Artículo 77.- Dentro del plazo de 5 días, contados
desde la fecha de protocolización de la resolución que
adjudica el contrato, el contratista deberá presentar a la
FTO la estructura organizacional u organigrama, que será
utilizado para ejecutar las obras. El incumplimiento de esta
obligación en el plazo señalado se sancionará con una
multa diaria de 2 U.F., que se descontará
administrativamente del estado de pago siguiente. Esta
estructura organizacional deberá detallarse hasta los
niveles de profesionales residentes, indicando el personal
que permanecerá en faena, señalándose un cronograma para
ello, con expresa indicación de las relaciones entre los
profesionales responsables en terreno. Asimismo, cuando se
requiera en las bases especiales, se deberá incluir en la
estructura organizacional a los profesionales especialistas
definidos en la Ordenanza General de Urbanismo y
Construcción.