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Artículo 93 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 236

Aprueba bases generales reglamentarias de contratacion de obras para los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211854 / 7301080.

Texto oficial

Artículo 93.- El contratista o su representante en la obra, estará obligado a acompañar a los funcionarios del Serviu que estén encargados de inspeccionar las obras, como asimismo a suministrarles los instrumentos, herramientas u otros medios que permitan a estos funcionarios realizar su labor de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Manual y, asimismo, a exhibirles los documentos de control y otros antecedentes que guarden relación con el contrato.