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Artículo 107 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 236

Aprueba bases generales reglamentarias de contratacion de obras para los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211854 / 7301094.

Texto oficial

Artículo 107.- Será responsabilidad del contratista evitar todo impacto ambiental adverso en la obra y su área circundante, debiendo tener especial cuidado tanto con las especies forestales como con la fauna silvestre en peligro de extinción que aniden en el área. En las bases administrativas especiales se indicarán las condiciones para el traslado y/o reposición de especies que puedan resultar afectadas por las obras, cuando proceda.