Texto oficial
Artículo 133.- En todos los casos en que de acuerdo
con el presente reglamento se ponga término anticipado a un
contrato, ello se hará administrativamente, sin forma de
juicio, mediante resolución fundada del Director del
Serviu.
Aprueba bases generales reglamentarias de contratacion de obras para los servicios de vivienda y urbanizacion
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 211854 / 7301122.