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Artículo 56 del Decreto Ley 755

Decreto Ley 755

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 212166 · idParte: 7301342

Texto oficial

Art. 56. Los Tesoreros Municipales deberán enviar a la Direccion, en la misma época, copia del rol de patentes industriales, comerciales o profesionales, en la forma que determina el reglamento dictado por el Director.