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Artículo 110 del Decreto Ley 755

Decreto Ley 755

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 212166 · idParte: 7301411

Texto oficial

Art. 110. Ademas de las atribuciones que espresamente le confiere esta ley, el Director podrá representar al Fisco en todos los juicios derivados de ella, y delegar estas funciones en cualquier funcionario idóneo de la Direccion, siempre que así lo requieran las necesidades del servicio.