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Artículo 3 transitorio del Decreto Ley 755

Decreto Ley 755

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 212166 · idParte: 7301426

Texto oficial

Art. 3º Se declara que, para el cálculo y la aplicación del impuesto complementario adeudado en el año 1925, establecido en el artículo 13 transitorio del decreto 1,269, de 29 de mayo de 1925, que refunde las diversas leyes de impuesto a la renta deberá procederse en conformidad a los preceptos y procedimientos establecidos en el decreto reglamentario número 2,496, de 6 de noviembre de 1925, y especialmente en sus artículos transitorios.