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Artículo 9 del Decreto 807

Modifica las disposiciones del dfl. n° 1.995 sobre apuestas mutuas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 212660 / 7301696.

Texto oficial

Artículo 9º.- En el Valparaíso Sporting Club, la comisión sobre las apuestas se distribuirá en la siguiente forma: 1) 9,300% para premios de carreras; 2) 9,890% para gastos de administración y apuestas mutuas; 3) 10,180% para previsión social, bienestar y bonificaciones de los diferentes Gremios Hípicos y del personal del Hipódromo y sus respectivas Cajas, activos, jubilados y montepiadas; 4) 0,300% para la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales; 5) 0,250% para bonificación de los propietarios de caballos de carrera; y 6) 0,080% destinado a la formación de un fondo de estímulo a las importaciones selectas de reproductores.