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Artículo 26 del Decreto 807

Modifica las disposiciones del dfl. n° 1.995 sobre apuestas mutuas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 212660 / 7301713.

Texto oficial

Artículo 26º.- Los recursos que se produzcan por concepto de apuestas acertadas no cobradas dentro de los plazos legales, seguirán destinados a los fines en que actualmente están comprometidos por los hipódromos.