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Artículo 8 del Decreto Ley 622

Decreto Ley 622

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 212987 / 7301921.

Texto oficial

Art. 8º Se agrega al artículo 98, la siguiente letra: "j) Con las subvenciones que se acordaren en la lei de Presupuestos o por leyes especiales."