Texto oficial
Artículo 35 nonies.- Toda persona que tenga por
función calificar o evaluar procesos de licitación
pública o privada deberá suscribir una declaración
jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que
declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses
y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él.
Asimismo, toda persona contratada a honorarios que
participe de las funciones señaladas en el inciso anterior,
tendrá la calidad de agente público, por lo que estará
sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de
ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que
corresponda.